A través de un comunicado, Edmundo González Urrutia insistió nuevamente en que el Consejo Nacional Electoral (CNE) debe mostrar las actas electorales por centro de votación en Venezuela, siendo el único ente competente para hacerlo.
Asimismo, enfatizó en que la decisión del pueblo debe respetarse, según reza el artículo 5 de la Constitución venezolana.
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“El 28 de julio de 2024, el pueblo habló. Ese día, con su voto, dio un claro un mandato en claro cumplimiento del artículo 5 de la Constitución: ‘La soberanía reside intransferiblemente en el Pueblo. La ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos’”, reza el texto.
Ante esta premisa, González hace hincapié en que el CNE debe respetar la decisión popular y que solo este organismo es competente para hacerlo. Reitera que la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) “no puede atribuirse las funciones y facultades del órgano electoral, pues no le competen”.
“El CNE es el órgano constitucionalmente obligado a totalizar los votos de los venezolanos y a publicar las actas de escrutinio de esos votos. Sin embargo, contrariando al artículo 146 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), esta institución no cumplió con los lapsos previstos y se ha negado a presentar los resultados de cada mesa electoral”, continúa el comunicado.
Edmundo González: el TSJ no está facultado para ejercer funciones del CNE
Edmundo González Urrutia insistió que de ninguna manera, la Sala Electoral debe cumplir con las labores del CNE. De hacerlo, “violaría el principio de la separación de poderes” y que además, “invadiría el exclusivo deber del Consejo Nacional Electoral”.
“Conforme a nuestra Constitución, sería ineficaz y nula toda eventual sentencia de la Sala Electoral que pueda validar el fraude electoral que se pretende imponer. Los magistrados estarían violando los derechos inalienables de los electores e incurrirían en responsabilidad penal, civil y administrativa. A tal efecto, tal y como reza el artículo 138 de nuestro texto constitucional: ‘Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos’”, expresó.
También destacó que a tres semanas de los comicios, no se han mostrado las actas ni realizado las verificaciones imparciales correspondientes.
Finalmente, agradeció a la comunidad internacional por las solicitudes a una verificación internacional independiente y confiable, en la sede del CNE y con presencia de representantes de las fuerzas políticas.
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