Se cumplen los 180 días de ausencia temporal del presidente en Venezuela: esto dice la Constitución al respecto

Pese a que el plazo constitucional expiró este viernes, el Gobierno encabezado por Delcy Rodríguez no ha informado si solicitará a la Asamblea Nacional declarar la falta absoluta ni ha precisado cuándo podría convocarse un proceso electoral

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Este viernes 3 de julio se cumplieron los 180 días de ausencia temporal del presidente de Venezuela, el período máximo permitido por la Constitución para que el jefe de Estado permanezca apartado del ejercicio del cargo antes de que su situación deba ser considerada una falta absoluta.

El plazo constitucional comenzó a contarse tras la captura y traslado de Nicolás Maduro a Estados Unidos el pasado 3 de enero, durante un operativo realizado por fuerzas militares estadounidenses en varios estados del país y en Caracas. 

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Desde entonces, la vicepresidenta ejecutiva de ese momento, Delcy Rodríguez, asumió la Presidencia encargada luego de juramentarse el 5 de enero ante la Asamblea Nacional.

La Constitución establece en su artículo 234 que la ausencia temporal del Presidente puede extenderse por un máximo de 180 días, divididos en un primer período de 90 días y una prórroga por otros 90 días autorizada por la Asamblea Nacional. Con el vencimiento de ese lapso, corresponde al Parlamento pronunciarse sobre la situación.

Esto dice la Constitución sobre la “ausencia absoluta” del presidente

De acuerdo con el texto constitucional, una vez agotado ese plazo, la Asamblea Nacional debe declarar la falta absoluta del Presidente mediante el voto de la mayoría de sus integrantes. Posteriormente, el artículo 233 dispone que deberá convocarse una elección presidencial dentro de los 30 días siguientes a esa declaratoria.

Como la ausencia del mandatario ocurrió durante los primeros cuatro años del período presidencial, la Constitución no contempla que la presidenta encargada complete el mandato, sino que permanezca en funciones únicamente hasta la elección y toma de posesión de un nuevo jefe de Estado.

Gobierno encargado no fija posición sobre la convocatoria

Pese a que el plazo constitucional expiró este viernes, el Gobierno encabezado por Delcy Rodríguez no ha informado si solicitará a la Asamblea Nacional declarar la falta absoluta ni ha precisado cuándo podría convocarse el proceso electoral previsto en la Carta Magna.

Durante los últimos seis meses, la administración interina ha mantenido el control del Poder Ejecutivo y ha impulsado acuerdos de cooperación con Estados Unidos, incluyendo la reapertura de la Embajada estadounidense en Caracas y operativos conjuntos de seguridad.

Sin embargo, voceros oficiales han evitado responder de forma directa sobre la posibilidad de celebrar elecciones presidenciales en el corto plazo.

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