¿Qué es la nueva “Ley de Nietos” y quiénes pueden acceder a la ciudadanía española?: Esto es lo que debes saber sobre la norma

La nueva legislación amplía el acceso a la nacionalidad española a miles de descendientes de españoles que nacieron en el extranjero

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La ley de Nietos, publicada el pasado jueves 20 de octubre en el Boletín Oficial del Estado de España, se denomina oficialmente Ley de Memoria Democrática.

La gran mayoría de los diarios en Latinoamérica se hicieron inmediatamente eco de la noticia y la llaman “Ley de Nietos”, señala BBC News.

La razón de esta curiosa denominación es simple: la nueva legislación amplía el acceso a la nacionalidad española a miles de descendientes de españoles que nacieron en el extranjero.

“Ley de Nietos”: ¿Quiénes pueden obtener la nacionalidad española?

Esta nueva norma amplía así lo estipulado por la ley aprobada en España en 2007, que ya no está vigente.

Esta establecía la posibilidad de adquirir la nacionalidad para aquellos que tuvieran un padre o madre español de origen, y que era aplicable a sus hijos, siempre y cuando fueran menores.

De esta nueva ley, llama la atención la disposición adicional octava, que facilita la obtención de un pasaporte español para tres nuevos grupos:

  • Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
  • Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  • Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.
Imagen del Ministerio de Asuntos Exteriores UE y Cooperación de España tomada de Infoabe.

El documento especifica que este trámite deberá formalizarse en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley.

Otro punto que destaca, es que a diferencia de la ley de 2007, que establecía un plazo adicional para tramitar la nacionalidad española, la actual legislación no establece ningún período de tiempo preparatorio.

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