Acusan de terrorismo a 12 marabinos detenidos en la Plaza República de Maracaibo durante movilización del 9E

Entre los detenidos hay dos adultos mayores, uno es paciente oncológico, además de Leandro Palmar y Belises Salvador Cubillán de LUZ FM.

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En solo 48 horas los 12 detenidos en la Plaza de la República de Maracaibo durante la movilización del 9 de enero fueron imputadas por cuatro delitos. 

Este 11 de enero los 12 detenidos comparecieron en audiencia telemática ante el Tribunal Segundo de Control en materia de Terrorismo ubicado en Caracas.

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Según los familiares de los detenidos informaron a El Vigilante, esas 12 personas “no tuvieron acceso a sus abogados privados y les designaron un defensor público, quien asistió desde Caracas”.

Solo se les permitió un defensor público auxiliar en Maracaibo a la hora de realizar la audiencia. Tras la comparecencia, este defensor les informó que fueron imputados por cuatro cargos:

  1. Terrorismo
  2. Asociación para delinquir
  3. Alteración del Orden público
  4. Instigación al Odio

El juez encargado del caso dictó medida preventiva de libertad en el órgano aprehensor (GN, Comando 111, Puerto de Maracaibo), mientras se realizan las investigaciones pertinentes.

detenidos plaza república Maracaibo.
Foto: El Vigilante.

Detenidos en la Plaza República de Maracaibo el 9E

Entre los detenidos están el periodista Leandro Palmar y el técnico audiovisual Belises Salvador Cubillán de LUZ FM, quienes cubrían informativamente el evento.

Además del señor Ruperto Contreras de 70 años de edad, quien padece de problemas de próstata, y otro adulto mayor de 68 años quien es paciente oncológico.

detenido plaza república
Fotos: cortesía.

También están Daniel García (28 años), quien padece de una enfermedad del sistema circulatorio (Púrpura Trombocitopénica); Franco Pérez (19), quien sufre de extrusion Lumbar y discopatia degenerativa; y Ricardo Valero. El resto prefirió resguardar su identidad para este medio de comunicación.

Familiares de los detenidos solicitan ayuda y asesoría de organismos nacionales e internacionales para que se haga justicia en estos casos de arrestos injustificados, ya que estas personas solo ejercían su derecho constitucional a la libre expresión y la manifestación.

Tal como lo contempla el artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley.

Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público”.

Y el artículo 57: “Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura”.

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