El VEN-911 Zulia fue la sede de la Reunión de Coordinación de Seguridad donde se acordó impedir los protectores oscuros que impidan ver las placas de los vehículos.
De este modo, estuvieron presentes los Jefes, Directores y Comandantes de todos los Organismos responsables de la Seguridad en el Zulia. De inmediato, sostuvieron darle cumplimiento a lo establecido en el artículo 29 del Reglamento De La Ley De Tránsito Terrestre.
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Artículo 29: Queda prohibido en los automóviles:
Numeral uno establece que: Usar distintivos en forma tal que impidan leer las placas identificadoras.
Ciertamente, la finalidad del seguimiento de este artículo es disminuir el índice de delitos donde las víctimas no pueden reconocer los vehículos. Las autoridades competentes decidieron organizar diversos operativos que combatan la delincuencia.
Los conductores de los vehículos podrán llevarse sus protectores de placas al momento de desinstalarlos, es solo una medida que se aplicará para mejorar la seguridad en el Zulia. Adicionalmente, se le realizará una visita a los comercios que vendan estos dispositivos, para explicarles la normativa y que esto disminuirá favorablemente la incurrencia de los delitos.
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