El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) estableció que el Registro de Información Fiscal (RIF) ya no tendrá fecha de vencimiento, como parte de una nueva medida orientada a simplificar los trámites tributarios en Venezuela.
La disposición quedó establecida en una nueva Providencia Administrativa publicada en la Gaceta Oficial N.º 43.435, con fecha del 12 de agosto de 2026. Con este cambio, los contribuyentes ya no tendrán que renovar periódicamente el documento únicamente porque haya alcanzado su fecha de caducidad.
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«Hemos modificado la providencia que regula el Registro de Único Información Fiscal (RIF) y eliminamos la fecha de vencimiento (…) consideramos que es una condición que se hace poco relevante», informó el Seniat en un comunicado difundido a través de sus canales oficiales.
El superintendente nacional tributario, Román Maniglia, explicó que la modificación busca reducir trámites considerados innecesarios y facilitar los procesos para los contribuyentes.
«Luego de las revisiones técnicas y legales exhaustivas, concideramos que es una condición que se hace poco relevante y que pudiera generar trámites innecesarios para su actualización», señaló Maniglia.
Aunque el RIF dejará de caducar, los contribuyentes deberán mantener actualizada la información registrada cuando se produzcan cambios en sus datos o en las condiciones relacionadas con su actividad.
«Es por ello que a partir de esta nueva providencia, el RIF ya no vence y se mantiene el deber de actualizarlo cuando se requiera incorporar cambios inherentes al contribuyente», precisó el funcionario.
La nueva normativa también elimina la exigencia de homologar sistemas informáticos para generar facturas. Según el Seniat, esta modificación busca eliminar una barrera técnica que podía dificultar los procesos de formalización de actividades económicas.
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