En Gaceta Oficial aumento de tarifa en el Metro de Caracas: pasaje queda establecido en Bs. 5

El pasaje de transporte público urbano y suburbano, quedó fijado en Bs. 9,00 y Bs. 10,00 respectivamente

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La Gaceta Oficial 42.713, de fecha miércoles 13 de septiembre de 2023, establece que las operadoras estadales de transporte deben ajustar la tarifa del pasaje a Bs.5.

En este sentido, el Metro de Caracas anunció a través de sus redes sociales el ajuste de la tarifa de su pasaje.

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En Gaceta Oficial aumento del pasaje urbano

Vale recordar que en esta misma Gaceta Oficial, el pasaje de transporte público urbano y suburbano, quedó fijado en Bs. 9,00 y Bs. 10,00 respectivamente.

Por su parte, el artículo 2 de la norma determina que los prestadores del servicio público de transporte terrestre, “facilitarán la atención de las mujeres con edad igual o superior a los cincuenta y cinco (55) años y los hombres con edad igual o superior a los sesenta (60) años, quienes tendrán un pasaje gratuito de transporte urbano”.

En relación al pasaje estudiantil, la norma determina que los prestadores del servicio público de transporte terrestre “deberán prestar servicio a las y los estudiantes, y aceptar el pasaje con el cincuenta por ciento (50%) de descuento sobre la tarifa fijada en el presente exhorto; a los fines de garantizar el ejercicio del derecho de los estudiantes.

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En este aspecto, estudiantes de educación básica hasta diversificada gozarán del derecho al medio pasaje de lunes a viernes en temporada escolar. Esto, siempre y cuando porten su uniforme. Mientras que, los estudiantes universitarios deberán mostrar su carnet estudiantil actualizado y vigente al periodo en curso de lunes a sábado.

Cabe destacar que este descuento será válido en periodos de clase, resaltando que no aplica para “los días feriados ni periodos vacacionales”, resalta la Gaceta Oficial.

Por otra parte, en la gaceta, el ministro de Transporte, Ramón Velásquez Araguayán, exhorta a los alcaldes del país quienes tienen la competencia en materia de tarifas en transporte urbano, a los gremios de transportistas y a las autoridades competentes a respetar y mantener como tarifas en sus áreas de competencias, para el transporte privado que preste servicio de carácter público, en todas las rutas incluidas las que por su característica sea troncal o periféricas.

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