Esta es la resolución que reitera el derecho legal ciudadano de grabar procedimientos en alcabalas y prohíbe el matraqueo

Así quedó establecido en una resolución conjunta entre el Ministerio de la Defensa y el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, publicada el 7 de septiembre de 2022.

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Cualquier venezolano puede grabar los procedimientos policiales a los que sean sometidos en puntos de control y alcabalas del país, si así lo amerita. 

Esto quedó establecido en una resolución conjunta entre el Ministerio de la Defensa y el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, publicada el 7 de septiembre de 2022. 

“Los ciudadanos y ciudadanas, en ejercicio de sus derechos constitucionales y legales, podrán realizar grabaciones de video o audio de los procedimientos a los que sean sometidos en puntos de control por parte de la autoridad policial o militar, sin que puedan obligarlos a no hacerlo”. 

De esta manera lo señala el artículo 20 de las nueva Normas relativas a la instalación, supervisión, evaluación, registro y seguimiento de los puntos de control de los órganos de seguridad ciudadana y la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB). 

También reitera que a ningún ciudadano lo pueden obligar a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación a los funcionarios policiales. 

Qué más establece la resolución que permite grabar procedimentos en alcabalas

  • Identificarse adecuadamente antes de realizar cualquier procedimiento.  
  • Brindar un trato respetuoso y educado. 
  • Respetar la dignidad e integridad de las personas. Se prohíbe aplicar métodos invasivos y exigir que el ciudadano se desnude. 
  • Informar del procedimiento a realizar a las personas involucradas.  
  • Identificar a los involucrados en el proceso. 
  • Realizar las inspecciones correspondientes cumpliendo con lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal. 

Hacer las verificaciones pertinentes sin que esto implique demoras innecesarias o afectaciones irreparables para las personas y sus bienes, ni retención indebida de documentación personal, vehicular o de carga. 

grabar procedimiento alcabalas

Queda prohibido el matraqueo 

El artículo 7 menciona atender y resguardar a los ciudadanos y sus bienes. Hacer revisiones y detenciones ante la comisión de hechos punibles. Crear conciencia y dar información requerida sobre prevención y seguridad. Evitar hechos punibles, garantizar el respeto a los derechos humanos. 

Además, recalca que “queda terminantemente prohibido por parte de los funcionarios públicos, policiales y militares el cobro de dádivas, contribuciones, apoyos económicos a las personas que transitan libremente por el territorio nacional”. 

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