Gobierno de Nicolás Maduro prorroga inamovilidad laboral hasta el 31 de diciembre de 2024

La Gaceta Oficial Nº 6.723 con fecha del 20 de diciembre del 2022, establece que el periodo de inamovilidad laboral será desde el 1 de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre del 2024

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El gobierno de Nicolás Maduro prorroga la inamovilidad laboral hasta el 31 de diciembre de 2024. La medida abarca tanto a trabajadores del sector público como del privado.

La Gaceta Oficial Nº 6.723 con fecha del 20 de diciembre del 2022, establece que el periodo de inamovilidad laboral será desde el 1 de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre del 2024.

Gobierno prorroga inamovilidad laboral hasta el 31 de diciembre de 2024

En el artículo 2 señala que «las trabajadores y los trabajadores amparados por este decreto no podrán ser despedidos, desmejorados o trasladados sin causa justa calificada previamente por el Inspector del Trabajo de la jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 422″ de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT).

Por su parte, el artículo 3 prescribe que cualquier trabajador que sea despedido, sufra alguna desmejora salarial o de cualquier otra condición laboral, o sea trasladado sin causa justa previamente calificada, tendrá 30 días continuos de plazo para denunciar la irregularidad ante la Inspectoría del Trabajo de la jurisdicción, con derecho a solicitar reenganche, pago de salarios caídos y cualquier otro beneficio afectado de acuerdo con lo establecido en el artículo 425 de la LOTTT.

Asimismo, el artículo 5 señala que están excluidos del amparo de este decreto:

  • Trabajadores en cargos de dirección.
  • Los trabajadores ocasionales o temporales.
  • Los trabajadores del sector público quedan sujetos a «las normas de protección contenidas en la Ley del Estatuto de la Función Pública».

Señala el portal Banca y Negocios que en los considerandos del decreto se hace referencia al proceso de “diálogo social” «destinado a consolidar el aparato productivo nacional, el fortalecimiento del mercado interno, la protección de la capacidad de consumo de la población, así como la preservación y generación de empleos estables y de calidad».

La referencia es testimonial sin que se aclare cómo este proceso de diálogo pudiera incidir en la gestión concreta de la inamovilidad laboral prorrogada.

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